ABM Denuncia OMIC

DNIDomicilio - CalleApellido y NombreNombre, denominación o razón socialTeléfonoHECHOS: lugar, fecha, vinculo comercial, razones de conflicto, otros afectados.Fecha, Campana
21435374BerutiMarcelo RicciEmpresa de ingeniería clínica SRL01134554756-2026-08-19
40943909KUPERMANPERALTA DAIANA NATALILibra Compañía Argentina de Seguros S.A.3489 69-9480-2026-08-18
16419832Pasaje berutiSavignon Teresa LilianaSufrí un siniestro3489689991-2026-08-17
33775648san guillermoHerrero Facundo DanielAlambres diagonales/Carlos Andres Acosta Garcia1173625881-2026-08-15
35322082CerviñoBarrionuevo Rodrigo EduardoAcosta Garcia Carlos Andres1131469998-2026-08-14
32733558SivoriAlcaraz César LuisDIONICIO NOEMI FABIOLA3489692004-2026-08-13
50613840Gil gomezArian alain noirCreditech S.A.3489625360Solicito la anulación y baja definitiva de la compraventa del motovehículo por haber ejercido el derecho de arrepentimiento y revocación del contrato en tiempo y forma (Art. 34 Ley 24.240 y Art. 1110 CCCN). La unidad NUNCA me fue entregada ni retirada del concesionario. Notifiqué el arrepentimiento formalmente mediante correo electrónico y Carta Documento dentro del plazo legal de 10 días. A pesar de ello, la empresa se niega maliciosamente a cancelar la operación y me intimó mediante Carta Documento a retirar la unidad bajo amenaza de cobrar gastos. Rechazo totalmente dicha intimación y el intento de cobro de gastos de depósito o patentamiento. Solicito la intervención de la OMIC para ordenar la anulación del contrato conexo y sancionar el actuar abusivo de la firma.2026-07-31
43972401María Lozano De OliveiraGonzalo Sebastián CastellanoCREDITECH S.A03489521757Solicito la anulación y cancelación total de la operación comercial de compra/venta del motovehículo por haber ejercido el derecho de revocación del contrato en tiempo y forma (Art. 34 Ley 24.240 y Art. 1110 CCCN). La unidad NUNCA fue entregada ni retirada del concesionario. Notifiqué el arrepentimiento formalmente vía correo electrónico y por Carta Documento del Correo Argentino dentro del plazo legal de 10 días. Al tratarse de un contrato conexo vinculado al financiamiento con Creditech S.A. (Caso Nacional N° 1775936), exijo la cancelación del trámite comercial, el cese de cualquier reclamo por patentamiento/gastos y la desvinculación absoluta de la operación. A pesar de haber recibido la notificación formal dentro del plazo de ley, la empresa se niega intencionadamente a cancelar la venta, mintiendo sobre el estado del trámite y el alcance del arrepentimiento legal. Solicito la intervención de la OMIC para sancionar esta conducta abusiva.2026-07-31
20585521RivadaviaCadaveira Claudia TeresaCalzados Sandra0348915500651-2026-07-30
32620355BuonarrotiPese Barbara ElisaDecoRenata03489545590-2026-07-29