| 21435374 | Beruti | Marcelo Ricci | Empresa de ingeniería clínica SRL | 01134554756 | - | 2026-08-19 |
| 40943909 | KUPERMAN | PERALTA DAIANA NATALI | Libra Compañía Argentina de Seguros S.A. | 3489 69-9480 | - | 2026-08-18 |
| 33775648 | san guillermo | Herrero Facundo Daniel | Alambres diagonales/Carlos Andres Acosta Garcia | 1173625881 | - | 2026-08-15 |
| 35322082 | Cerviño | Barrionuevo Rodrigo Eduardo | Acosta Garcia Carlos Andres | 1131469998 | - | 2026-08-14 |
| 50613840 | Gil gomez | Arian alain noir | Creditech S.A. | 3489625360 | Solicito la anulación y baja definitiva de la compraventa del motovehículo por haber ejercido el derecho de arrepentimiento y revocación del contrato en tiempo y forma (Art. 34 Ley 24.240 y Art. 1110 CCCN).
La unidad NUNCA me fue entregada ni retirada del concesionario. Notifiqué el arrepentimiento formalmente mediante correo electrónico y Carta Documento dentro del plazo legal de 10 días.
A pesar de ello, la empresa se niega maliciosamente a cancelar la operación y me intimó mediante Carta Documento a retirar la unidad bajo amenaza de cobrar gastos. Rechazo totalmente dicha intimación y el intento de cobro de gastos de depósito o patentamiento. Solicito la intervención de la OMIC para ordenar la anulación del contrato conexo y sancionar el actuar abusivo de la firma. | 2026-07-31 |
| 43972401 | María Lozano De Oliveira | Gonzalo Sebastián Castellano | CREDITECH S.A | 03489521757 | Solicito la anulación y cancelación total de la operación comercial de compra/venta del motovehículo por haber ejercido el derecho de revocación del contrato en tiempo y forma (Art. 34 Ley 24.240 y Art. 1110 CCCN).
La unidad NUNCA fue entregada ni retirada del concesionario. Notifiqué el arrepentimiento formalmente vía correo electrónico y por Carta Documento del Correo Argentino dentro del plazo legal de 10 días.
Al tratarse de un contrato conexo vinculado al financiamiento con Creditech S.A. (Caso Nacional N° 1775936), exijo la cancelación del trámite comercial, el cese de cualquier reclamo por patentamiento/gastos y la desvinculación absoluta de la operación.
A pesar de haber recibido la notificación formal dentro del plazo de ley, la empresa se niega intencionadamente a cancelar la venta, mintiendo sobre el estado del trámite y el alcance del arrepentimiento legal. Solicito la intervención de la OMIC para sancionar esta conducta abusiva. | 2026-07-31 |